Obtener la ciudadanía argentina es, para muchas personas, el paso que cierra una historia de vida en el país. Hoy ese trámite atraviesa un momento de cambios: desde octubre de 2025, la naturalización por residencia se inicia ante la Dirección Nacional de Migraciones y no ante un juzgado, y esa reforma se está discutiendo en los tribunales.
En ese escenario, contar con asesoramiento legal marca la diferencia. En el estudio analizamos su situación, le decimos con claridad qué vía le corresponde y lo ayudamos a reunir y revisar la documentación. Si su solicitud se demora o es rechazada, presentamos los reclamos, recursos o acciones judiciales que correspondan.
¿Quién puede obtenerla?
- Naturalización por residencia: personas extranjeras mayores de 18 años que viven en la Argentina con residencia legal, temporaria o permanente, durante el tiempo que exige la ley.
- Ciudadanía por opción: hijos de argentinos nativos que nacieron en el exterior.
- Personas que cumplieron los requisitos antes del cambio de normativa y quieren hacer valer sus derechos según la ley anterior.
Cómo funciona hoy
Desde el 6 de octubre de 2025, por el Decreto 366/2025 que modificó la Ley 346, la naturalización por residencia dejó de tramitarse ante el Poder Judicial y pasó a la Dirección Nacional de Migraciones, con inicio digital en el sistema RaDEX. Según la información oficial, ese trámite es personal: no admite gestores ni intermediarios.
Los requisitos informados son: ser mayor de 18 años; tener residencia temporaria o permanente; estar en el país al iniciar el trámite; DNI vigente; certificado de antecedentes penales; acreditación de ocupación o medios de vida, y CUIT o CUIL. Los dos años de residencia se cuentan solo si fueron en una categoría legal, no precaria.
En agosto de 2026, el Juzgado Federal de Esquel declaró inconstitucionales algunos artículos de ese decreto en un caso concreto, de una persona que había cumplido los dos años de residencia antes del cambio, y tramitó su ciudadanía según la ley anterior. La cuestión sigue en discusión en los tribunales.
Aviso: la normativa está en revisión judicial. Revisamos esta información periódicamente, pero antes de iniciar el trámite consulte su caso concreto.
Cómo lo ayuda el estudio
El trámite ante Migraciones es personal: nadie puede hacerlo en su nombre. Nuestro trabajo es que llegue bien preparado y que sus derechos estén protegidos en cada etapa.
- Asesoramiento previo y diagnóstico de la vía adecuada en su caso.
- Revisión y preparación de la documentación, incluida la residencia previa si todavía no la tiene.
- Reclamos ante demoras o rechazos, y recursos administrativos.
- Vía judicial cuando corresponde: derechos adquiridos según la ley anterior, planteos de inconstitucionalidad o amparos por mora.
- Ciudadanía por opción para hijos de argentinos nacidos en el exterior.
- Coordinación de apostillas, legalizaciones y traducciones públicas.
Paso a paso
Consulta inicial
Nos cuenta su historia migratoria y revisamos juntos su situación actual.
Diagnóstico
Le explicamos qué vía le corresponde y qué necesita para iniciarla.
Documentación
Lo ayudamos a reunir y revisar sus papeles y, si hace falta, a apostillarlos y traducirlos.
Seguimiento y defensa
Si el trámite se demora o es rechazado, presentamos los reclamos o las acciones judiciales que correspondan.
Documentación habitual
- DNI argentino vigente.
- Constancia de residencia temporaria o permanente.
- Certificado de antecedentes penales (Registro Nacional de Reincidencia).
- Constancia de CUIT o CUIL.
- Acreditación de ocupación o de medios de vida.
- Según el caso, partidas y documentos de su país de origen, apostillados y traducidos.
Si no tiene todo, no se preocupe: lo vemos juntos en la consulta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo que vivir en la Argentina para pedir la ciudadanía?
Para la naturalización por residencia se exigen dos años de residencia. Con la normativa vigente desde octubre de 2025, esos dos años se cuentan solo si fueron en una categoría de residencia legal (temporaria o permanente), no precaria. En la consulta revisamos desde cuándo se cuenta su residencia.
¿El estudio puede hacer el trámite ante Migraciones por mí?
No. Según la información oficial, el trámite ante la Dirección Nacional de Migraciones es personal y no admite gestores ni intermediarios. Lo que sí hacemos es asesorarlo antes, preparar su documentación y defender su solicitud si hay demoras o un rechazo.
¿Qué pasa si rechazan mi solicitud?
Un rechazo no siempre es definitivo. Según el motivo, pueden presentarse recursos administrativos o acudir a la Justicia. Conviene consultar enseguida, porque los recursos tienen plazos.
¿Qué puedo hacer si mi trámite está demorado?
Si la administración no resuelve en un plazo razonable, existen herramientas legales para reclamar, como el amparo por mora. Analizamos el estado de su trámite y le decimos qué camino conviene.
Cumplí los dos años de residencia antes de octubre de 2025. ¿Me corresponde la ley anterior?
Es una de las cuestiones que hoy se discuten en los tribunales. Hay fallos que admitieron tramitar la ciudadanía según la ley anterior en casos así, pero cada situación debe analizarse en particular.
¿Puedo salir del país mientras se tramita mi ciudadanía?
Depende de su situación: entre los requisitos informados está encontrarse en el país al iniciar el trámite. Antes de planear un viaje, consúltenos para revisar su caso.
¿Pierdo mi nacionalidad de origen si me hago argentino?
La Argentina no le exige renunciar a su nacionalidad de origen. Si la conserva o no depende de las leyes de su país, que conviene revisar antes de iniciar el trámite.
Soy hijo de padre o madre argentinos y nací en el exterior. ¿Cómo obtengo la ciudadanía?
En ese caso puede corresponder la ciudadanía por opción, una vía distinta de la naturalización. Le explicamos los requisitos y lo ayudamos a reunir la documentación, incluidas las partidas apostilladas y traducidas.
¿Cuánto tarda el trámite?
Los plazos dependen del organismo y de cada caso, y hoy están cambiando con la nueva normativa. En la consulta le explicamos qué puede esperar en su situación.
¿Atienden a personas que no hablan bien español?
Sí. Puede escribirnos en su idioma: organizamos la consulta para que entienda cada paso y, cuando hace falta, coordinamos traducciones.
Información general. No reemplaza el asesoramiento sobre su caso concreto.